Piden reformar la Ley de Educación para evitar el maltrato en los educandos
· En muchas ocasiones no se respeta la ley, ya sea por falta de conocimiento o porque simplemente se pone en duda la impartición de justicia, señaló la diputada Brianda Kristel Hernández Topete.
Si bien existe un marco jurídico específico que garantiza el respeto a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, debemos ser conscientes de que en muchas ocasiones no se respeta la ley, ya sea por falta de conocimiento, por no querer involucrarse en un asunto “ajeno” o porque simplemente se pone en duda la impartición de justicia, señaló la diputada Brianda Kristel Hernández Topete, coordinadora del Grupo Mixto Movimiento Ciudadano – PRD, ante el pleno de la LXV Legislatura del Estado.
Esto, durante la Octava Sesión Ordinaria y en la que presentó una Iniciativa de Decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción VI del artículo 18 de la Ley de Educación del Estado, para establecer que en la impartición de educación para menores de edad se tomarán medidas que aseguren al estudiante la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad y derechos humanos.
Asimismo, destaca la legisladora del PRD en su propuesta de reforma, que en caso de que las autoridades educativas, docentes y demás personal que labora en los planteles de educación tengan conocimiento de que algún educando sea víctima de maltrato infantil o de cualquier otro delito que ponga en riesgo su vida e integridad física o psicológica deberán de inmediato hacerlo del conocimiento de las autoridades competentes y actuar conforme al protocolo de atención para menores víctimas de maltrato infantil.
De igual forma, se reafirma en el texto propuesto, cuando noten la prolongada o reiterada ausencia de un estudiante, deberán notificarlo o reportarlo ante la Procuraduría Estatal o municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con la finalidad de descartar o detectar posibles situaciones de maltrato infantil.
Sobre lo anterior y en su exposición de motivos, Hernández Topete, señaló que en muchos sectores de nuestra población aún persiste la creencia de que el castigo corporal es una forma de educar a las hijas e hijos, que los forman en “hombres y mujeres de bien”, situación que vulnera la dignidad y el respeto a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes.
La disciplina, abundó la también presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables, nada tiene que ver con eso, el disciplinar a un niño o niña implica impartirles formación y ayudarlos a desarrollar un criterio, poner límites, el autocontrol, la autosuficiencia y una conducta social positiva.
El maltrato infantil que incluye el castigo violento comprende la violencia física, sexual y psicológica o emocional y el descuido tanto de lactantes, niños, niñas y adolescentes por los progenitores, los cuidadores y otras figuras de autoridad; ocurre con mayor frecuencia en el hogar, pero también en entornos como escuelas, en las calles, en el lugar de trabajo, o establecimientos correccionales, enfatizó la legisladora.
La iniciativa de decreto fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Educación y Cultura, y de Derechos de la Niñez y la Familia.