CONGRESO

No se otorgarían dispensas de ley a los aspirantes al Consejo de la Judicatura


• Para ello, el Grupo Legislativo Mixto PRI-PVEM, propone reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado.

A nombre de los integrantes del Grupo Legislativo Mixto PRI-PVEM, la diputada Erika Ayala Ríos, presentó una Iniciativa de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado, para que las personas responsables de evaluar el desempeño de los juzgadores tengan los conocimientos y capacidad indispensables para realizar la función encomendada en la Constitución.

Que se traduzca -destacó ante el Pleno la legisladora-, en una impartición de justicia eficiente, y con ello se dé respuesta a una de las demandas más recurrentes de la sociedad, que es la de acceder a una justicia pronta y expedita.

Ante la importancia de las funciones del Consejo de la Judicatura, continuó, se propone retomar la disposición original referente a los requisitos para ser consejero, que sean estos los mismos que se señalan para ser magistrado del Poder Judicial y prohibir expresamente la dispensa de ley de alguno de los requisitos.

Lo anterior, señaló, para garantizar que los integrantes del Consejo cuenten con la experiencia, vinculación con la realidad estatal, preparación académica y buena reputación, necesarias para evaluar el quehacer jurisdiccional de los servidores de ese Poder.

Con lo anterior, dijo la diputada Erika Ayala, se homologaría la disposición constitucional local con la establecida para el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación, que en el artículo 100 de la Carta Magna Federal señala que todos los consejeros deberán reunir los requisitos señalados en el artículo 95 de la misma, los previstos para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de haberse distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades.

Finalmente, para concluir su intervención, considera necesario adicionar un párrafo al artículo 58 constitucional estatal, en el que se señalan los requisitos para ser magistrado del Poder Judicial del Estado, a efecto de establecer expresamente la prohibición de dispensar alguno de dichos requisitos en el proceso de designación de magistrados.

La Iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, para continuar su trámite legislativo.