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Registro de deudores alimentarios deberá operar en marzo de 2024, señala estudio del IBD

La medida surge de una reforma aprobada por el Congreso en marzo de este año con el fin de garantizar derechos de niñas, niños y adolescentes.

Deudores alimentarios no podrán salir del país ni tramitar licencias de manejo.

El Sistema Nacional DIF tendrá a su cargo la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias y contará con un plazo de trescientos días hábiles para su implementación, los cuales se cumplen el 2 de marzo de 2024, de acuerdo con una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).
El estudio titulado “El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias: una batalla contra el incumplimiento en el pago de la pensión alimenticia”, elaborado por la investigadora Lorena Vázquez Correa, apunta que esta medida, surgió de una reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes, aprobada por el Congreso de la Unión en marzo de este año.
Asimismo, refiere que, en 2021, en 47.9 por ciento de los divorcios registrados en el país, se asignó al menos a uno de los divorciantes el pago de pensión alimenticia para las o los hijos.
El documento señala que, ante la frecuencia de incumplimiento de pago de obligaciones alimentarias, en diversos países del mundo se han adoptado medidas para garantizar los derechos de los menores de edad.
En el caso de México, el registro de deudores alimentarios servirá para impedir que las personas que incumplen con sus obligaciones puedan salir del país, tramitar licencias de manejo, ocupar cargos en el servicio público y realizar operaciones de compraventa de inmuebles.